miércoles, 25 de octubre de 2017

JUEZ SUPREMO CESAR SAN MARTÍN HABLA DEL CASO JOAQUÍN RAMIREZ Y DEL ANTECEDENTE DE LUIS CERVANTES LIÑÁN

¿QUÉ CAMBIA EN LAS INVESTIGACIONES DE LAVADO CON EL NUEVO CRITERIO DE LA SUPREMA?

El juez César San Martín informó que se anuló el efecto vinculante de la polémica casación 92-2017. ¿Qué implica ello?


Las salas penales de la Corte Suprema dieron el miércoles un primer anuncio sobre una discusión crucial que tiene en vilo, según la fiscalía, a las investigaciones por lavado de activos en el país. El juez César San Martín fue quien comunicó que, con 11 votos contra 3, la máxima instancia del Poder Judicial decidió fijar los parámetros respecto a cómo se abordará este delito en adelante en los procesos judiciales.

A la decisión judicial generada tras este cónclave se le llama sentencia plenaria casatoria. San Martín, quien tuvo la responsabilidad de coordinar la asamblea de jueces supremos, no ahondó en detalles sobre la postura fijada. Dijo que esta se sabrá en su totalidad el próximo 25 de octubre, día en que se publicará la resolución. No obstante, dio algunos alcances que permiten prever cuál fue el acuerdo por mayoría al cual llegaron los magistrados.

-Sin carácter vinculante-
En primer lugar, el juez supremo informó que se dejó sin efecto el carácter vinculante de la casación 92-2017 de Arequipa, la cual fue el origen de la discusión que devino en el pleno casatorio. Según advirtió semanas atrás el Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, dicha resolución, firmada por los cinco jueces de la Segunda Sala Penal Transitoria, es un "generador de impunidad", entre otras cosas, por haber elevado la valla de exigencias para acreditar el necesario delito fuente o precedente.

Pero, ¿qué implica que se haya anulado el efecto obligatorio de la casación 92-2017? Consultado al respecto, el fiscal Frank Almanza, quien lleva el proceso contra el clan de los Sánchez Paredes, uno de las investigaciones por lavado más complejas en la actualidad, dijo que ello significa que ningún juez en el futuro, y a pesar de que la resolución no se haya publicado, puede ampararse en la sentencia de la Segunda Sala Penal Transitoria para archivar una investigación.

Desde que se emitió la referida sentencia en agosto, se han archivado diferentes investigaciones por lavado, tanto en sede fiscal como en los juzgados, citando los argumentos que esta menciona. Dos de ellos fueron los casos del ex dirigente fujimorista Joaquín Ramírez y la investigación seguida contra el rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Luis Cervantes. Los fiscales que archivaron ambos casos citaron en sus pronunciamientos la casación de Arequipa.

"Un juez a partir de ahora ya no tendrá el temor de incumplir una sentencia vinculante [de la Suprema]. Pero si lo hace, se trataría de una actitud completamente dolosa", dijo Almanza a El Comercio.

El fiscal, quien fue uno de los que expuso la posición de la fiscalía en el pleno de los jueces supremos, prefiere esperar que se publique la sentencia casatoria para dar un análisis a profundidad sobre la misma. Pero destaca que se haya comunicado la supresión del efecto vinculante de la casación, cuyas consecuencias, dice, estaban siendo "escandalosas".

"Casos muy delicados se estaban archivando bajo el argumento de esa casación. Imagino que por eso los jueces supremos se han reunido y han dado esa información antes de que siga creciendo [el escándalo]", dijo Almanza y añadió que lo informado por el juez San Martín "es una victoria del país en la lucha contra el lavado de activos". 


Fuente: El Comercio 17/10/2017

miércoles, 4 de octubre de 2017

CASO DE LUIS CERVANTES LIÑÁN ES TOMADO COMO EJEMPLO EN DIARIO CORREO

EL MINISTERIO PÚBLICO ARCHIVÓ DOS CASOS ESTIPULANDO QUE SE DEBÍA ACREDITAR “EL DELITO FUENTE”
La Fiscalía utilizó los mismos argumentos que el Poder Judicial en casación

La controversia entre el Poder Judicial y el Ministerio Público con respecto a un supuesto precedente negativo que puede originar el fallo sobre la polémica casación 92-2017 (Arequipa) puede dejar mal parada a la Fiscalía.


Correo accedió a documentación en la cual se indica que la Primera Fiscalía Superior Nacional de Lavado de Activos, a cargo de Marcos Villalta Infante, archivó dos denuncias con los mismos argumentos utilizados por la sala judicial referidos al delito fuente.

Las denuncias resultaron a favor del empresario Gustavo Salazar Delgado (implicado en el caso Odebrecht) y de Luis Cervantes Liñán (rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega).

En ambos casos se esgrime el mismo argumento expuesto en la sentencia dictada por la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema (dirigida por el juez César Hinostroza Pariachi) sobre la casación 92-2017, emitida a inicios de agosto.

Dicha resolución estipula que es necesario acreditar el “delito fuente” que conlleva al lavado de activos. Fue este el motivo por el cual el titular del Ministerio Público cuestionó semanas atrás la sentencia del PJ sobre la casación señalando que “es un instrumento generador de impunidad”, por lo que propicia que los “procesos de lavado sean archivados”.

BÚMERAN. Meses antes de conocerse la resolución de la Corte Suprema, la Fiscalía archivó los casos de Salazar y Cervantes. No se abrió ninguna investigación formal ni hubo denuncia ante el Poder Judicial contra los implicados.

El principal argumento del MP fue que no está probado el delito fuente o delito precedente que habría generado los bienes de los denunciados; es decir, elaboró su decisión tomando en cuenta los argumentos contenidos en el fallo sobre la casación 92-2017 antes de que saliera a la luz.
Las decisiones fiscales se dieron el 29 de mayo y el 25 de julio 2017, respectivamente, mientras que la sentencia de la Corte Suprema se dio en agosto de 2017.


“En el transcurso del tiempo de la presente investigación preliminar no se ha llegado a determinar alguna referencia respecto al delito previo o delito fuente”, aseguró como argumento la Fiscalía sobre el caso de Gustavo Salazar, quien fue acusado de recibir transferencias de fondos por parte de Luis Alcántara Reaño y Zeus Asesores Generales S.A.C. sin existir, presuntamente, alguna relación comercial entre ellos.

“No existe algún elemento de prueba directa o indiciaria que acredite en grado de probabilidad simple que las indicadas transferencias (de dinero) provengan de alguna actividad criminal, tal y conforme se exige en nuestra normatividad vigente con los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Legislativo N°1006”, detalló el MP.

Sobre Luis Cervantes, quien se encontró comprendido dentro de la Nota de Inteligencia Financiera 339-2013-UIF-SBS como una persona que realizó operaciones sospechosas, la Fiscalía también tomó el mismo argumento que en el caso Salazar.
Consultado sobre la decisión de la Fiscalía de Lavado de Activos, el titular del MP, Pablo Sánchez, señaló que verificará esas decisiones y que las desconocía. “No sabía ni tengo información”, declaró a Correo.

Fuente Diario Correo

21/09/17

lunes, 2 de octubre de 2017

LUCHITO COMO NO ERES CAPAZ DE OBTENER EL LICENCIAMIENTO: COMIENZA TU TRABAJO SUCIO

CONGRESISTAS PIDEN LA REORGANIZACIÓN DE SUNEDU

Al inicio de la sesión de la Comisión de Educación, congresista Guillermo Bocángel denuncia supuestas irregularidades en el proceso de licenciamiento de universidades.

Congresistas coinciden en demandar la reorganización de la   Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) al inicio de la sesión de la Comisión de Educación que preside la legisladora Paloma Noceda. 

El congresista Guillermo Bocángel denuncia supuestas irregularidades en el proceso de licenciamiento de las universidades. En ese sentido, demandó la organización inmediata de la SUNEDU. 

El parlamentario Javier Velásquez Quesquén dijo que esta denuncia es muy grave porque el proceso de licenciamiento de universidades sería “discriminatorio y arbitrario”. 

Por su parte, el congresista Lucio Ávila dijo que la SUNEDU habría trasgredido la Ley Universitaria.


 Fuente: Congreso