miércoles, 25 de octubre de 2017

JUEZ SUPREMO CESAR SAN MARTÍN HABLA DEL CASO JOAQUÍN RAMIREZ Y DEL ANTECEDENTE DE LUIS CERVANTES LIÑÁN

¿QUÉ CAMBIA EN LAS INVESTIGACIONES DE LAVADO CON EL NUEVO CRITERIO DE LA SUPREMA?

El juez César San Martín informó que se anuló el efecto vinculante de la polémica casación 92-2017. ¿Qué implica ello?


Las salas penales de la Corte Suprema dieron el miércoles un primer anuncio sobre una discusión crucial que tiene en vilo, según la fiscalía, a las investigaciones por lavado de activos en el país. El juez César San Martín fue quien comunicó que, con 11 votos contra 3, la máxima instancia del Poder Judicial decidió fijar los parámetros respecto a cómo se abordará este delito en adelante en los procesos judiciales.

A la decisión judicial generada tras este cónclave se le llama sentencia plenaria casatoria. San Martín, quien tuvo la responsabilidad de coordinar la asamblea de jueces supremos, no ahondó en detalles sobre la postura fijada. Dijo que esta se sabrá en su totalidad el próximo 25 de octubre, día en que se publicará la resolución. No obstante, dio algunos alcances que permiten prever cuál fue el acuerdo por mayoría al cual llegaron los magistrados.

-Sin carácter vinculante-
En primer lugar, el juez supremo informó que se dejó sin efecto el carácter vinculante de la casación 92-2017 de Arequipa, la cual fue el origen de la discusión que devino en el pleno casatorio. Según advirtió semanas atrás el Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, dicha resolución, firmada por los cinco jueces de la Segunda Sala Penal Transitoria, es un "generador de impunidad", entre otras cosas, por haber elevado la valla de exigencias para acreditar el necesario delito fuente o precedente.

Pero, ¿qué implica que se haya anulado el efecto obligatorio de la casación 92-2017? Consultado al respecto, el fiscal Frank Almanza, quien lleva el proceso contra el clan de los Sánchez Paredes, uno de las investigaciones por lavado más complejas en la actualidad, dijo que ello significa que ningún juez en el futuro, y a pesar de que la resolución no se haya publicado, puede ampararse en la sentencia de la Segunda Sala Penal Transitoria para archivar una investigación.

Desde que se emitió la referida sentencia en agosto, se han archivado diferentes investigaciones por lavado, tanto en sede fiscal como en los juzgados, citando los argumentos que esta menciona. Dos de ellos fueron los casos del ex dirigente fujimorista Joaquín Ramírez y la investigación seguida contra el rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Luis Cervantes. Los fiscales que archivaron ambos casos citaron en sus pronunciamientos la casación de Arequipa.

"Un juez a partir de ahora ya no tendrá el temor de incumplir una sentencia vinculante [de la Suprema]. Pero si lo hace, se trataría de una actitud completamente dolosa", dijo Almanza a El Comercio.

El fiscal, quien fue uno de los que expuso la posición de la fiscalía en el pleno de los jueces supremos, prefiere esperar que se publique la sentencia casatoria para dar un análisis a profundidad sobre la misma. Pero destaca que se haya comunicado la supresión del efecto vinculante de la casación, cuyas consecuencias, dice, estaban siendo "escandalosas".

"Casos muy delicados se estaban archivando bajo el argumento de esa casación. Imagino que por eso los jueces supremos se han reunido y han dado esa información antes de que siga creciendo [el escándalo]", dijo Almanza y añadió que lo informado por el juez San Martín "es una victoria del país en la lucha contra el lavado de activos". 


Fuente: El Comercio 17/10/2017

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